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08 abril 2006

- Redacción de Escritos Judiciales

Es común que los funcionarios de los tribunales de justicia soliciten a las personas que deben realizar una gestión ante ellos que le presenten un escrito para que sea autorizada su solicitud por el juez o secretario del tribunal y así poder acceder a su petición. El problema es que los no legos, que son la mayoría de las personas que acuden a los tribunales de justicia a solicitar alguna gestión o documento; no saben como redactar un escrito judicial, ya que estos tienen una serie de formalidades propias de los tribunales de justicia chilenos. Por otro lado, en ocasiones se debe fundamentar conforme a derecho las solicitudes que se presentan y aquí si que se agravan los problemas debido a que si las formalidades del escrito son desconocidas mayor desconocimiento existe sobre la ley.

Para evitar los problemas anteriores ofrecemos el servicio de redacción de documentos judiciales, el que consiste en que por medio de e-mail le enviamos, luego de informarnos de lo que necesita un escrito en formato Word para que Ud. lo firme y lo presente ante el tribunal. ¡CLIC! Aquí y contáctenos. (Por Outlook)

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15 Comments:

Anonymous Anónimo dijo:

hola, soy colombiana y junto con otras tres personas formamos una sociedad limitada hace cuatro meses, hace un mes la representante legal quedó en embarazo y decidió no volver a trabajar, en un inicio nosotros no aportamos dinero sino que nuestro aporte como socios es nuestro trabajo, y ella quiere seguir siendo socia a pesar de que no desea seguir trabajando, nosotros no estamos de acuerdo debido a que no ha aportado ni trabajo ni dinero. que se puede hacer en estos casos? , nosotros le dijimos que nos vendiera su participación pero está exigiendo mas dinero debido a las proyecciones de la empresa pero ella no ha gestonado ninguno de los proximos contratos además que abandonó el cargo,
existe algún método para excluir a un socio que no se desea en la empresa?

02 octubre, 2006 22:04  
Anonymous Anónimo dijo:

Hola mi nombre es luis y soy de Honduras mi consulta es la siguiente, hace unos 8 meses una persona particular me presto $500.00 sin ningún documento legal firmado como comprobante de dicho préstamo, yo le he venido pagando como he podido y acordamos que le cancelaría lo que hasta la fecha le adeudo que son $200.00 en el mes de Diciembre, mí sorpresa es que el día de hoy he recibido una nota de un abogado para que le cancele de inmediato la cantidad de $500.00 y si no me demandara judicialmente dice la nota que el valor tiene incluido los gastos de abogado, mi pregunta es si ya había convenido en pagar a finales de diciembre, porque se me obliga a pagar hoy, tengo que hacer caso de esto aun sabiendo que no hay ningún documento legal que compruebe que yo le debo, y que debo hacer.

Gracias por su respuesta.

14 octubre, 2006 15:35  
Anonymous Anónimo dijo:

Nosotros sólo manejamos la legislación nacional, es decir la chilena; sin embargo las legislaciones latinoamericanas son similares, aclarado esto te contestaremos.

Las deudas se pueden probar con declaración testigos entre otros medios de prueba. Te aconsejamos que pagues en diciembre y que no firmes nada.

14 octubre, 2006 15:37  
Blogger komodin dijo:

me llamo alejandro y necesito algo de asesoria.
el problema es el siguiente, compre una casa en una comuna de santiago, la señora que me la vendiio la adquirio por herencia de fallecimiento de su esposo, el problema es que en esa casa habian familiares del difunto por casi 15 años, cabe decir que la señora dueña de la casa y su marido estaban separados pero solo de hecho sin ningun tramite legal ni nada.
cuando nos mudamos de casa les dijimos que ellos tenian que deshabitar la casa pero ellos se niegan y dicen que van a usar abogados para quedarse. ¿que puedo hacer al respecto? que pasos debo tomar para poder echarlos de la casa?

gracias

14 marzo, 2008 09:31  
Anonymous Anónimo dijo:

Si la escritura de compraventa no tiene vicios de nulidad.Debe demandar el desalojo ante tribunales de justicia.

14 marzo, 2008 09:36  
Anonymous Anónimo dijo:

hola mi nombre es Bruno Gisseleire y hace un año cree una empresa de prestacion de servicios medicos (Bruno Gisseleire E.I.R.L) hasta el momento no he tenido problemas ni con fonasa ni con cualquier otra institucion el punto es una de las agentes de un banco me dice que mi empresa tiene un vicio, el cual es el nombre pues debiera llamarse "prestacion de servicios medicos Bruno Gisseleire E.I.R.L", ¿que hay de cierto en eso? pues yo tengo entendido que el giro de la empresa no tiene que estar expresado necesariamente en el nombre , ojala puedan responderme pues pretendo abrir una cuenta corriente a nombre de la empresa y no quiero encontrarme con problemas.
muchas gracias
Bruno Gisseleire

06 junio, 2008 11:39  
Anonymous Anónimo dijo:

hola, Necesito asesoria urgente en relacion a la poca herencia material que dejaron mis padres, ellos ya fallecieron, todo quedo intestado, y desgraciadamente no hay comprension ni acuerdo con mis hermanos, ya estamos divididos y eso me entristece, tristemente son 4 contra 2, yo estoy en el equipo de 2, por que soy una persona igual que mi hermana de bajos recursos, y mis otros hermano, pues estan en mejor posibilidad economica, y por ello se les facilita todo, los 4 hermanos estan bien economicamente y quiero entender que como tienen quieren tener mas todavia, por eso a nosotras nos hacen a un lado. y la verdad pienso que en estos casos, no hay vuelta de hoja que la reparticion sea pareja, pero mis hermanos no lo quieren asi, ellos se estan distribiyendo lo que mejor les conviene. ayudeme a mi y mi hermana, no tenemos dinero para iniciar un juicio intestamentario, que podemos hacer. por favor le suplico, nos asesore para que nos nos agarren mas desprevenidas todavia, aun no se ha decidido ni firmado todavia.

espero su respuesta, ayudeme, estamas muy desesperadas y preocupadas, ellos tienen el sarten por el mango. como tiene dinero y uno de ellos es abogado, y nosotro lo unico que tenemos es el mismo apellido.
ayudemos por favor.
Ingresar código aquí
Atención, aunque no se muestre ningun botón en el boardcode y smiley, siguen siendo usables

19 febrero, 2009 14:36  
Anonymous Anónimo dijo:

Hola,

Mi consulta es la siguiente:

Hace algunas semanas tuve un choque no muy grave en la comuna de las condes y la persona que me chocó hizo una demanda en mi contra pidiendo alrededor de $850.000-. pesos, siendo que ella fué la culpable. Los daños míos no fueron muchos, solo un raspon pero a ella se le quebro el parabrisas y tiene algunas abolladuras. Tengo comparendo para el 06 de agosto y alguien me dijo que lo que yo debía hacer es una contestación a esta demanda o una demanda en su contra. Yo no quiero hacer una demanda porque no tengo dinero para pagar un abogado y los daños no son muchos. El problema es que yo no sé como redactar esta contestación, no sé tampoco si ésta contestación se debe llevar el día del comparendo solamente o enviarla al juzgado 3 días antes lo que sería hasta mañana y si debo notificar a mi contraparte antes (como si fuera una demanda).

Gracias,

31 julio, 2009 14:32  
Blogger andrea dijo:

hola mi consulta es que a mi esposo lo demandaron por incumplimiento en el pago de arrendamiento,se llevo a cabo el juicio de avenimiento y se llego a un acuerdo casi forzado ya que el aval no estaba presente y lo declararon en rebeldia y el es mi papa ,si no llegabamos a un acuerdo lo tomarian detenidopor no presentarse,el tema es que no he cumplido a cabalidad lo pactado y no puedo deguir pagando lo acordado por problemas de plata,necesito saber que si no se cumple la sentencia de el juez que puede pasar,demanmdaran de nuevo,lo tomaran detenido,lo embargaran o a el aval,orientenme porfavor.gracias.andrea

30 septiembre, 2009 23:34  
Anonymous Luis contesto consulta de andrea dijo:

Lo mas probable es que se inicie el juicio de cumplimiento de la sentencia en contra de los bienes (embargables) del arrendatario y su aval, a ambos se les puede cobrar, incluso conjuntamente, las rentas adeudadas al arrendador.

02 octubre, 2009 15:59  
Anonymous Anónimo dijo:

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20 febrero, 2010 00:18  
Anonymous Anónimo dijo:

Hola, bueno tengo 23 años y soy mujer, hasta el momento he estado estudiando por 5 años en la universidad. Debido a problemas personales me he atrasado en mis estudios, por lo cual me quedarian de estudio este año y la mitad de el siguiente. Mi problema es que mi padre se niega a pagarme los estudios o a ayudarme economicamente, ya que mi universidad queda en otra ciudad. Yo nunca he pedido mas plata de la que el ha considerado necesaria para mis necesidades basicas y hace alrededor de tres año que él y mi madre no viven juntos, estan haciendo los tramites legales para divorciarse. No sé si es posible que yo lo demande a él para que me entregue una mensualidad, porque se niega a darme dinero para ir al doctor o comprar cosas personales de necesidad basica. Y no es que no tenga dinero, ya que el es gerente de una empresa en este momento y no tiene reparos en comprar cosas poco necesarias. Por favor, ¿me podrian orientar?..De antemano muchas gracias por el espacio de ayuda que brindan..

22 marzo, 2010 19:49  
Anonymous Anónimo dijo:

Hola tengo 22 años y pedi un crédito para estudiantes en un banco, resulta que quien me financiaba era mi abuelo y el falleció, por lo tanto no tengo como pagar lo que de primera eran 400.000 ahora ya va sobre 500.000. Recién termine de estudiar y el banco me pide cancar em total no me quiere pactar en cuotas que pueda cancelar... Que puedo hacer? Si de verdad no tengl el dinero :(

31 diciembre, 2015 06:41  
Blogger Unknown dijo:

Buenas tardes consulto por que la dueña de la casa donde arriendo una pieza grande a vendido a la constructora paz y me da un mes de plazo para que me valla también a los demás arrendatarios personalmente llevo siete años y tres meses viviendo aquí los demás llevan menos,necesitamos saber si tenemos legalmente un poco mas de plazo por que esta muy difícil encontrar arriendo,además nos comentaron de una indemnización por parte de la constructora pero no lo tenemos muy claro ,se les agradecería mucho su respuesta y orientación.

06 marzo, 2016 19:23  
Blogger Unknown dijo:

Buenas tardes consulto por que la dueña de la casa donde arriendo una pieza grande a vendido a la constructora paz y me da un mes de plazo para que me valla también a los demás arrendatarios personalmente llevo siete años y tres meses viviendo aquí los demás llevan menos,necesitamos saber si tenemos legalmente un poco mas de plazo por que esta muy difícil encontrar arriendo,además nos comentaron de una indemnización por parte de la constructora pero no lo tenemos muy claro ,se les agradecería mucho su respuesta y orientación.

06 marzo, 2016 19:30  

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